El Ayuntamiento de Cornellà aplaza el cobro del alquiler de viviendas, aparcamientos y locales de titularidad municipal

El Ayuntamiento de Cornellà ha decidido aplazar la emisión de los recibos de alquiler del mes de abril y mayo de 2020 de contratos de arrendamiento vigentes de viviendas, aparcamientos y trasteros de titularidad municipal y gestionados por la empresa municipal PROCORNELLÀ. Esta medida afecta a un total de 163 viviendas de alquiler de ocho promociones municipales y 14 aparcamientos con un total de 1.097 aparcamientos y trasteros. Asimismo, la medida también se aplica al alquiler de espacios para las 159 empresas alojadas en los viveros de empresa y los contratos de arrendamiento de locales comerciales gestionados por la empresa municipal.

Asimismo, y de acuerdo con los términos establecidos en el artículo 9 del Real- Decreto-Ley, las personas en situación de vulnerabilidad no deberán afrontar estos alquileres, siempre y cuando se pueda justificar esta situación con un documento que deberá estar avalado por la Oficina Local de Vivienda (viviendas), el Centro de Empresas (locales) o la administración de PROCORNELLÀ (plazas de aparcamiento y trasteros).

Si la situación se normaliza, a principios del mes de junio 2020, PROCORNELLÀ volverá a girar el recibo bancario de alquiler, correspondiente al mes de junio, y a partir del mes de julio de 2020 y hasta el mes de diciembre de 2020, se deberá abonar fraccionadamente los recibos de los meses de abril y mayo de 2020 junto con el importe del mes correspondiente. De igual forma, aquellos arrendatarios que no quieran acogerse a dicho aplazamiento lo pueden comunicar a la empresa municipal.

Con esta nueva medida del Ayuntamiento de Cornellà de Llobregat y la empresa municipal PROCORNELLÀ quieren ayudar a minimizar el impacto económico y social que se deriva de la situación creada por el estado de alarma y las medidas de contención del COVID-19 tanto a las familias, como a las empresas que son arrendatarias de bienes y derechos de titularidad de esta empresa municipal.

Por otra parte, y ante la previsión de que la situación de emergencia sanitaria producida por COVID-19 se pueda ver prolongada en el tiempo, se pueden adoptar otras medidas complementarias adicionales de protección de aquellas unidades familiares que puedan caer en situación de vulnerabilidad económica, en los términos establecidos en el artículo 9 de dicho Real- Decreto-Ley.