Medidas preventivas para contener la Covid-19, prorrogadas hasta el 7 de marzo

Las medidas actuales para contener la Covid-19 y restricciones se mantienen en toda Catalunya una semana más, hasta el 7 de marzo. El gobierno de la Generalitat, a propuesta del Procicat, ha decidido prorrogar las medidas vigentes aprobadas a principios de mes, como mínimo, una semana más, con algunos pequeños cambios, como los centros comerciales, que podrán reabrir de lunes a viernes después de estar cerrados desde el 7 de enero, y en cuanto a aforo de gimnasios y piscinas. Se mantiene el confinamiento comarcal y el horario limitado de apertura al público de los bares y restaurantes, (desayunos de 7.30 a 10.30 h y comidas de 13.00 a 16.30 h).

Podéis consultar la evolución de los datos epidemiológicos a través de este enlace del departamento de Salut de la Generalitat de Catalunya:

Datos COVID (área Metropolitana Sur)

 

Estas son algunas de las indicaciones más destacadas recogidas en el decreto:

  • Actividades sociales. Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia. No obstante, las reuniones y / o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.
  • Movilidad. Territorio de Catalunya: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar. Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.
  • Confinament nocturn. No es pot circular pel carrer des de les 22:00 h a les 06:00 h, excepte per causes justificades.
  • Empreses. S’ha de fer teletreball, excepte quan no sigui possible. Suspensió de congressos, convencions, fires i activitats assimilables. 
  • Hostelería. Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio. Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes.
  • Comercio y centros comerciales. 30% del aforo en pequeño comercio, centros comerciales y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales. Centros y recintos comerciales de más de 400 m²: aplicación del aforo sobre esta superficie máxima y medidas de ventilación reforzadas.
  • Deporte. Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre y piscinas abiertas con un aforo máximo del 50%. Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30%. Sin ventilación y calidad del aire reforzada limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales. Competiciones: sólo en categorías internacionales, profesionales, estatales y competiciones que dan acceso.
  • Actividades recreativas. Abiertos: parques infantiles hasta las 20 h, con un aforo del 50%. Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.
  • Universidades y escuelas. Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso. Bachillerato y ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados: reducción de la actividad presencial. ESO, primaria e infantil: presencialidad plena.
  • Actividades extraescolares: PPermitidas las actividades extraescolares, de ocio y deportivas dirigidas a ciclo infantil y primaria que se realicen dentro o fuera de los centros educativos con un máximo de 6 personas (a excepción de las que preserven el grupo burbuja). Reanudación de las actividades no regladas y del deporte escolar para jóvenes a partir de secundaria siempre que mantengan los grupos de la actividad lectiva. Permitidos los desplazamientos y salidas del centro escolar con pernoctación siempre que no rompan el grupo burbuja.
  • Actos religiosos y ceremonias civiles. 30% del aforo, con un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima.

 

Certificado autorresponsable de desplazamiento

Protección Civil pide que los ciudadanos rellenen un certificado de autorresponsabilidad en caso de que quieran realizar un desplazamiento de fuerza mayor o algunas de las excepciones de movilidad previstas. Entre las causas de fuerza mayor está el desplazamiento para ir al trabajo, por motivos médicos o para cuidar a una persona dependiente, entre otros.

Certificado autorresponsable de desplazamiento

 

RESOLUCIÓN SLT/275/2021, de 5 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 al territorio de Catalunya.

Más información en la web del departamento de Salut