Nuevas medidas y restricciones a partir del 8 de febrero con motivo de la Covid-19

El confinamiento pasa a ser comarcal y se amplía el horario de la hostelería.

El Procicat ha decidido prorrogar las medidas restrictivas de diversas actividades y de la movilidad para contener la pandemia de Covid-19 vigentes en toda Catalunya dos semanas más, desde el 8 hasta el 22 de febrero.

Ahora bien, el gobierno catalán ha decidido aliviar algunas de estas medidas. Principalmente, el confinamiento obligatorio pasa a ser comarcal para cualquier persona que no desarrolle una actividad esencial; se amplía una hora el horario de los bares y restaurantes, tanto en la franja de desayuno como el almuerzo (de 7.30 a 10.30 h y de 13 a 16.30 h); y en el sector deportivo, a partir del lunes 8 los gimnasios pueden volver a la actividad con una aforo limitado al 30% en el interior, y las actividades de grupo limitadas a seis personas. Finalmente, también pueden volver a abrir las librerías el fin de semana, o si tienen más de 400 m2.

Las medidas actuales han permitido frenar la escalada de contagios, pero la capacidad de los hospitales todavía se encuentra al límite. Como hasta ahora, si los datos empeoran, la Generalitat deja la puerta abierta a volver a endurecer las restricciones ..

Podéis consultar la evolución de los datos epidemiológicos a través de este enlace del departamento de de Salut de la Generalitat de Catalunya:

Datos COVID (área Metropolitana Sur)

 

Estas son algunas de las indicaciones más destacadas recogidas en el decreto:

  • infografia-mesures-contencio-8-febrer.jpgActividades sociales. Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia. No obstante, las reuniones y / o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.
  • Movilidad. Territorio de Catalunya: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar. Comarca: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Permitida la movilidad en el ámbito escolar sin pernoctación.
  • Confinament nocturn. No es pot circular pel carrer des de les 22:00 h a les 06:00 h, excepte per causes justificades.
  • Empreses. S’ha de fer teletreball, excepte quan no sigui possible. Suspensió de congressos, convencions, fires i activitats assimilables. 
  • Hostelería. Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 h a 10:30 h y de 13:00 a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio. Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 ha 10:30  hy de 13:00 h a 16:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.
  • Actividades culturales. Abiertos : cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo. Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.
  • Comercio y centros comerciales. 30% del aforo en pequeño comercio y centros comerciales de menos de 400 m 2 y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales. Suspensión de la apertura de centros y recintos comerciales y de establecimientos y centros comerciales con superficie de venta mayor de 400 m 2 , excepto establecimientos que venden productos de primera necesidad y librerías.
  • Deporte. Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre abiertas con un aforo máximo del 50%, control de acceso y un máximo de 6 personas. Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30%, limitación a 6 personas y uso de mascarilla en actividades grupales. Reanudación de las competiciones que dan acceso a categorías estatales.
  • Actividades recreativas. Abiertos: parques infantiles hasta las 20 h, con un aforo del 50%. Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.
  • Universidades y escuelas. Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso. Bachillerato y ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados: reducción de la actividad presencial. ESO, primaria e infantil: presencialidad llena.
  • Actividades extraescolares: Abiertas las actividades extraescolares y deportivas que se realicen en los centros educativos con los grupos estables de convivencia de las actividades lectivas. Suspendidas las actividades de tiempo libre infantil y juvenil, el deporte escolar y las actividades extraescolares que se realizan fuera del horario lectivo habitual dentro o fuera del centro educativo con un propósito educativo o formativo.
  • Actos religiosos y ceremonias civiles. 30% del aforo, con un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima.

 

Certificado autorresponsable de desplazamiento

Protección Civil pide que los ciudadanos rellenen un certificado de autorresponsabilidad en caso de que quieran realizar un desplazamiento de fuerza mayor o algunas de las excepciones de movilidad previstas. Entre las causas de fuerza mayor está el desplazamiento para ir al trabajo, por motivos médicos o para cuidar a una persona dependiente, entre otros.

Certificado autorresponsable de desplazamiento

 

RESOLUCIÓN SLT/275/2021, de 5 de febrero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 al territorio de Catalunya.

Más información en la web del departamento de Salut