Ayudas y bonificaciones fiscales
Bonificaciones fiscales para instalaciones solares
ORDENANZA FISCAL 1. IBI
Los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol (solo para usos residenciales), tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota integra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al de la finalización de la instalación.
ORDENANZA FISCAL 5. ICIO
Disfrutarán de una bonificación del 95% de la cuota del Impuesto de la licencia aquellas construcciones, instalaciones u obras, que quieran incorporar sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar.
Podéis consultar el texto completo de las Ordenanzas fiscales vigentes en esta página de Gobierno Abierto.