La ordenanza de movilidad se actualiza para determinar mejor las diferencias entre Vehículos de Movilidad Personal
De entrada, se han hecho modificaciones a diferentes artículos para diferenciar con más claridad los diferentes elementos: bicicletas, ciclos de más de dos ruedas (llamados C0, C1 y C2) y los vehículos de movilidad personal de los tipos A y B. Así se determina por donde pueden o no circular, y en todo caso se limita su velocidad a 25 km/h.
Cabe señalar que durante 2020, se han interpuesto un total de 216 denuncias a Vehículos de Movilidad Personal por incumplimientos de la ordenanza. Las causas más habituales han sido circular por la acera, transportar a otra persona, circular sin casco, utilizando auriculares, o conducir de forma negligente.
En segundo lugar, se ha introducido una nueva sección que se refiere a la creación de estacionamientos que facilitan el cambio entre el transporte privado y colectivo. Son los llamados aparcamientos de intercambio P + R (del término inglés Park & Ride), que tienen como objetivo disuadir a los conductores y conductoras de utilizar el vehículo privado para acceder al centro de las ciudades, ofreciendo una alternativa competitiva y de calidad , basada en facilitar aparcamientos cerca de paradas o nodos de transporte público. En Cornellà hay uno en la calle Sevilla y parte del aparcamiento del Llobregat Centre también está destinado a tal fin desde el mes de marzo.
Finalmente, también se ha modificado el régimen de sanciones recogido en el artículo 58 de la Ordenanza. Para adecuarlo a la normativa vigente y según la distinción que hace entre conductas graves o leves, la sanción por estas últimas será de entre 60 y 100 euros.