Se fija el régimen sancionador por incumplimiento de medidas de prevención por la Covid-19

El Gobierno de la Generalitat ha aprobado el proyecto de Decreto Ley por el cual se establece el régimen sancionador específico para los casos de incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias por la COVID-19.
Serán los ayuntamientos y la Administración de la Generalitat de Catalunya, en el ámbito de sus competencias, quienes ejercerán las funciones de vigilancia, inspección y control de lo que prevé este Decreto Ley.

Infracciones graves
• A partir de ahora, se consideran infracciones graves o muy graves tanto el incumplimiento de los límites de aforos en los espacios cerrados o al aire libre como de los horarios de apertura y cierre para las diferentes tipologías de establecimientos y actividades.
• Las multas para las infracciones graves irán desde los 3.001 € hasta las 60.000 €.


Infracciones muy graves
• Constituye infracción muy grave la celebración de actos o actividades que hayan sido expresamente prohibidas o suspendidas por las autoridades por el riesgo que suponen.
• En este sentido, las acciones tipificadas como muy graves implican multas de entre los 60.001 y los 600.000 €.


Infracciones leves
• El incumplimiento del uso de la mascarilla o su uso inadecuado se considera una infracción leve, sancionable con 100 euros.
• Esta categoría de infracciones leves se podrán multar con sanciones de hasta 3.000 €.

 

Sanciones a las personas que no respeten las cuarentenas
Las sanciones hacen mención expresa a la necesidad del aislamiento y cuarentena de personas tanto positivos de COVID 19, como de personas en contacto con una persona con la COVID, que hayan dado positivo o negativo. Sanciones:


Leve
El incumplimiento del deber de aislamiento domiciliario acordado por las autoridades competentes por parte de personas que, no habiendo dado positivo de COVID-19, sean contactos estrechos de una persona que constituya un caso confirmado


Grave
El incumplimiento del deber de aislamiento domiciliario acordado por las autoridades competentes por parte de personas que hayan dado positivo de COVID-19


El incumplimiento reiterado del deber de aislamiento domiciliario acordado por las autoridades competentes por parte de personas que, no habiendo dado positivo de COVID-19, sean contactos estrechos de una persona que constituya un caso confirmado.


Muy grave
El incumplimiento reiterado del deber de aislamiento domiciliario acordado por las autoridades competentes por parte de personas que hayan dado positivo de COVID-19

 


Decreto Ley 30/20, de 4 de agosto, por el cual se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19