Medidas más restrictivas para controlar el aumento de casos de Covid-19 entre el 7 y el 17 de enero

Del 7 al 17 de enero la Generalitat de Catalunya ha establecido nuevas medidas restrictivas de la movilidad y de las actividades para intentar frenar el aumento de casos de Covid-19 en toda Catalunya. Cabe destacar que entra en vigor de nuevo un confinamiento municipal cada día de la semana, es decir, no se podrá ni entrar ni salir del municipio si no es por causas debidamente justificadas.

Otros cambios significativos son que se ha decretado el cierre desde centros comerciales y que durante el fin de semana sólo podrán abrir los comercios esenciales. También se suspenden la mayoría de actividades extraescolares y sólo se puede hacer deporte al aire libre.

Estas son algunas de las indicaciones más destacadas:

  • infografia-mesures-contencio-covid-19-aplicables-partir-7-gener.jpgActividades sociales. Limitación a 6 personas de, como máximo, dos burbujas de convivencia. No obstante, las reuniones y / o encuentros familiares y de carácter social que tengan lugar en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan en lo posible y se limiten a visitas a personas con dependencia o en situación de vulnerabilidad y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.
  • Movilidad. Territorio de Catalunya: restringida la entrada y salida sin motivo justificado. La movilidad laboral sólo se permite cuando no se puede teletrabajar. Municipio: restringida la movilidad toda la semana, excepto por motivos justificados, como la imposibilidad de teletrabajar. Se exceptúan de esta restricción la realización de actividad física y deportiva individual al aire libre entre municipios limítrofes.
  • Confinamiento nocturno. No se puede circular por la calle desde las 22:00 ha las 06:00 h, excepto por causas justificadas.
  • Empresas. Se debe hacer teletrabajo, excepto cuando no sea posible. Suspensión de congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.
  • Hostelería. Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 ha 09:30 hy de 13:00 a 15:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio. Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de 2 metros entre comensales de mesas o agrupaciones de tablas diferentes. Limitación de 4 comensales por mesa o agrupaciones de mesa, excepto que se trate de grupos burbuja. De 07:30 ha 09:30 hy de 13:00 ha 15:30 h. Resto de horario para recogida en establecimiento o entrega a domicilio.
  • Actividades culturales. Abiertos : cines, teatros, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima. También abiertos museos, bibliotecas y salas de exposición el 50% del aforo. Suspensión de las actividades fuera de la programación habitual de los establecimientos culturales.
  • Comercio y centros comerciales. 30% del aforo en pequeño comercio y centros comerciales de menos de 400 m 2 y mercados no sedentarios. Fines de semana cerrados, excepto establecimientos dedicados a la venta de productos y servicios esenciales. Suspensión de la apertura de centros y recintos comerciales y de establecimientos y centros comerciales con superficie de venta mayor de 400 m 2 , excepto establecimientos que venden productos de primera necesidad.
  • Deporte. Abiertas: instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre, con un aforo máximo del 50% y control de acceso. Cerradas: instalaciones y equipamientos deportivos en espacios cerrados, excepto piscinas.
    Actividades deportivas al aire libre con máximo 6 personas, a excepción de la práctica deportiva federada. Competiciones suspendidas.
  • Actividades recreativas. Abiertos: parques infantiles hasta las 20 h, con un aforo del 50%. Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores, fiestas mayores, bingos, casinos y salas de juego.
  • Universidades y escuelas. Universidades: docencia teórica en formato virtual, excepto el primer curso. Bachillerato y ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados: reducción de la actividad presencial. ESO, primaria e infantil: presencialidad llena. Actividades extraescolares: Abiertas las actividades extraescolares y deportivas que se realicen en los centros educativos con los grupos estables de convivencia de las actividades lectivas. Suspendidas las actividades de tiempo libre infantil y juvenil, el deporte escolar y las actividades extraescolares que se realizan fuera del horario lectivo habitual dentro o fuera del centro educativo con un propósito educativo o formativo.
  • Actos religiosos y ceremonias civiles. 30% del aforo, con un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es óptima.

 

Certificado autorresponsable de desplazamiento

Protección Civil pide que los ciudadanos rellenen un certificado de autorresponsabilidad en caso de que quieran realizar un desplazamiento de fuerza mayor o algunas de las excepciones de movilidad previstas. Entre las causas de fuerza mayor está el desplazamiento para ir al trabajo, por motivos médicos o para cuidar a una persona dependiente, entre otros.

Certificado autorresponsable de desplazamiento

 

RESOLUCIÓN SLT/1/2021, de 4 de enero, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 en el territorio de Catalunya.

Más información en la web del departamento de Salut