Se prorrogan las restricciones a la movilidad nocturna y durante el fin de semana

Se mantiene el cierre de bares y restaurantes, excepto servicio a domicilio o para llevar, y se permite la apertura de centros de estética.

La Generalitat de Catalunya ha prorrogado 15 días más las medidas de salud pública, de restricción de la movilidad nocturna, para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Catalunya, según la resolución SLT / 2811/2020, de 6 de noviembre. Esencialmente se trata del mismo paquete de medidas vigente desde el 29 de octubre, que por ejemplo incluye restringir la movilidad fuera del municipio durante el fin de semana, y también limitaciones a las actividades comerciales y de ocio.

[Actualización 12/11/2020] El gobierno de Cataluña ha decidido prorrogar 10 días más -hasta el 23 de noviembre- las restricciones vigentes. MÁS INFORMACIÓN.

 

Estas son algunas de las más destacadas en cuanto a la movilidad:

  • No se puede entrar ni salir de Catalunya, excepto en casos de urgencia sanitaria, por motivos laborales, cuidado de personas vulnerables, regreso al domicilio habitual y otras causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
  • Durante el fin de semana no se puede entrar ni salir del municipio desde las 6.00 horas del viernes hasta las 6.00 horas del lunes, con las mismas excepciones.
  • Se restringe la movilidad nocturna entre las 22.00 y las 6.00 horas, excepto en los mismos casos y para la adquisición de productos farmacéuticos y el cuidado de animales de compañía (de 4.00 a 6.00 horas).
  • Se limitan los encuentros a un máximo de seis personas.
  • Se recomienda reducir los desplazamientos fuera del domicilio en la medida de lo posible.
  • Se recomienda limitar al máximo la movilidad de las personas trabajadoras, priorizar el trabajo a distancia y favorecer la flexibilidad horaria.

Lógicamente la normativa también prevé excepciones y permitir los desplazamientos de carácter esencial, que será necesario justificar, por ejemplo con un Certificado autorresponsable.

Estas son algunas de las medidas por sectores que están vigentes desde el 29 de octubre. Consultad la normativa aprobada para más detalles:

  • Actividades culturales y recreativas: cierran cines, teatros, salas de concierto y auditorios. También espacios infantiles lúdicos en interior, bingos, salas de juego, casinos. Los museos y salas de exposición pueden continuar abiertos con el aforo al 33%. También pueden continuar abiertos los parques infantiles exteriores. El acceso a las bibliotecas se limita a la recogida y entrega de documentos reservados para el préstamo.
  • Deportes: cerradas las instalaciones deportivas excepto entrenamientos y competiciones profesionales. Se permite la actividad deportiva al aire libre en municipios colindantes.
  • Comercios y centros comerciales: 30% del aforo en establecimientos de menos de 800m2. Cerrados centros comerciales excepto farmacias, ortopedias, ópticas, centros veterinarios y alimentación que se encuentren dentro. Desde el 14/11/2020, los centros de estética podrán abrir atendiendo a clientes de manera individual.
  • Hostelería y restauración: cerrados bares y restaurantes, sólo entrega a domicilio hasta las 23 horas o recogida con cita previa. Los restaurantes de los hoteles deben ser de uso exclusivo para los clientes.
  • Enseñanza: abiertas escuelas e institutos. En Bachillerato y Ciclos Formativos, se reducirá la actividad presencial. Suspendidas las actividades extraescolares y deportivas no organizadas por los centros educativos.
  • Actos religiosos y ceremonias civiles: 30% del aforo. Desde el 14/11/2020, adicionalmente, el total de asistentes no puede superar las 100 personas.

 

 

[Actualización 12/11/2020] El gobierno de Catalunya ha decidido prorrogar 10 días más -hasta el 23 de noviembre- las restricciones vigentes. Bares y restaurantes continuarán sin poder servir comidas ni bebidas en los locales; y gimnasios, polideportivos, cines y teatros continuarán cerrados. También se mantiene confinamiento municipal de fin de semana. Pero a partir del sábado, 14 de noviembre, los centros de estética podrán abrir de manera individual y los centros de culto no podrán superar las 100 personas.

 

Normativa aplicable

RESOLUCIÓ SLT/2811/2020, de 6 de novembre, per la qual es prorroguen les mesures de salut pública, de restricció de la mobilitat nocturna, per a la contenció del brot epidèmic de la pandèmia de COVID-19 al territori de Catalunya

RESOLUCIÓ SLT/2700/2020, de 29 d'octubre, per la qual es prorroguen i es modifiquen les mesures en matèria de salut pública per a la contenció del brot epidèmic de la pandèmia de COVID-19 al territori de Catalunya

DECRET 127/2020, de 25 d'octubre, per a l'adopció de les mesures necessàries en el territori de Catalunya durant la declaració de l'estat d'alarma davant la situació d'emergència sanitària provocada per la COVID19

Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2

Más información sobre el Certificado autorresponsable (descarga en pdf o word)

 

Más información en el web de Protección Civil de la Generalitat de Catalunya